Vivir mejor es un asunto de todos

Vivir mejor es un asunto que nos compete a todos, es por eso que hemos creado una guía de prácticas que nos ayudarán a convivir mejor en comunidad, para hacer de la familia ACF un espacio agradable y único del que nunca querremos salir.

Como todos sabemos, vivir en comunidad requiere de esfuerzos y de negociaciones que debemos ir adaptando y aprendiendo a medida que pasa el tiempo: diferentes culturas, hábitos, creencias y conductas resultan ser un reto al  momento de compartir espacios.

Vivir mejor es un asunto que nos compete a todos, es por eso, que en ACF creamos una guía que será de apoyo para los propietarios y habitantes de nuestras propiedades; este manual para vivir mejor en comunidad en donde contemplaremos cuáles son los derechos y deberes de cada persona que habite los inmuebles de los proyectos.

Lo primero que debemos tener claro es que los inmuebles hacen parte de propiedad horizontal, esto quiere decir que se determinarán las reglas generales para el uso, manejo, sostenimiento y administración de los bienes comunes, la determinación de los bienes privados y las normas que reglamentan las relaciones de vecindad. Por lo que, es responsabilidad de todos dar cumplimiento y aportar lo mejor de cada uno para tener una convivencia exitosa.

Dentro de este concepto de propiedad horizontal, se resaltan los bienes privados: cada propietario es dueño absoluto y exclusivo de su unidad privada, la destinación será exclusivamente para vivienda familiar.

En cuanto a los bienes comunes, son aquellas partes o zonas del conjunto necesarios para la existencia, seguridad y conservación, que permitan a los copropietarios el normal uso y goce de sus unidades privadas; pero ¿qué hace parte de los bienes comunes? El lote de terreno sobre el cual está construida la edificación, los cimientos, fundaciones y estructuras del Conjunto, las paredes y los muros medianeros que conforman las unidades de vivienda, la puerta de acceso al conjunto, los andenes y vías internas y peatonales del mismo, la portería, las zonas donde se localizan los tableros generales, los transformadores, etc.

Hay varios puntos que debemos tener claro y cumplir de manera contínua para tener una sana convivencia:

  • Que el uso de las unidades o viviendas sean de uso específico permitido. Es decir, que las propiedades se usan para vivienda familiar.
  • Ejecutar oportunamente las reparaciones de cada unidad privada, por cuya omisión se puede causar perjuicio a la copropiedad o las propiedades vecinas.
  • Asistir cumplidamente a la asamblea de copropietarios, y a toda reunión que se convoque con carácter general, para efectos de desarrollar o emprender actividades que redunden en beneficio de la copropiedad.
  • Pagar cumplidamente las cuotas ordinarias y extraordinarias de administración que llegare a decretar la asamblea de copropietarios.

¿Qué no deberíamos hacer para poder tener una buena convivencia?

  1. Destinar el inmueble para fines contrarios a la moral y a las buenas costumbres, o prohibidos por las leyes o las autoridades: es decir, no vender drogas ni alguna actividad considerada ilegal.

 

  1. Sostener en los muros estructurales, losas y techos, cargas o pesos excesivos; introducir en ellos maderos o hacer huecos de cavidad, y en general, ejecutar cualquier obra que atente contra la solidez de las edificaciones, o afecte la presentación del Conjunto, o se lleve a cabo contra el derecho de los demás.

 

  1. Introducir o mantener, aunque sea bajo pretexto de formar parte de las actividades personales del propietario u ocupante, sustancias húmedas, corrosivas, inflamables, explosivas o antihigiénicas y demás que representen peligro para la integridad o salud de los habitantes del Conjunto.

 

  1. Ejecutar actos que directamente perturben la tranquilidad de los demás propietarios u ocupantes.
  1. Perturbar la tranquilidad de los ocupantes con ruidos o bullicios, conectar a alto volumen aparatos de sonido, radio o televisión, siendo más terminante la prohibición en las horas de la noche y en las primeras del día.
  1. Utilizar las ventanas para solear ropas, tapetes, o cualquier tipo de bienes.

 

  1. Alterar la fachada del Conjunto, el número o tipo de ventanas o vidrios, y en general, modificar cualquiera de los elementos constitutivos de la fachada, tanto exterior como interior.
  1. Ejecutar cualquier acto u obra que altere o desfigure la fisonomía del conjunto arquitectónico.
  1. Sacudir alfombras, tapices, cortinas, etc, en las ventanas de las unidades privadas, escurrir agua o arrojar cualquier elemento por ellas.
  1. Acometer obras que comprometan la seguridad, solidez, salubridad, o unidad arquitectónica de la agrupación, o que disminuyan el aire o la luz a los demás bienes privados.
  2. Dividir físicamente cada bien de dominio privado en dos o más unidades de vivienda o comercio.
  3. Arrojar telas, materiales duros o insolubles, tierra y en general cualquier elemento u objeto que pueda obstruir las cañerías de lavaplatos, lavaderos, duchas o inodoros.

Es así como vivir en comunidad es posible: recordando que mi libertad llega hasta donde comienza la libertad del otro, respetando los espacios y siguiendo las normas básicas implementadas por las directivas administrativas de cada proyecto.

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